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lunes, 24 de marzo de 2008
LINKS PARA CONSULTAR
NORMATIVIDAD AMBIENTAL GENERAL
http://www.upme.gov.co/guia_ambiental/carbon/gestion/politica/normativ/normativ.htm#BM1__NORMATIVIDAD_GENERAL
NORMATIVIDAD HIDRICA GENERAL http://www.upme.gov.co/guia_ambiental/carbon/gestion/politica/normativ/normativ.htm#BM2_8_Normatividad_sobre_el_recurso_hídr
DEC 28 11 /74: http://www.secretariasenado.gov.co/leyes/D2811_74.HTML
Decreto 1449 de 1977 http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1503
Decreto 1541 de 1978 http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1250
Decreto 1681 de 1978
//www.invemar.org.co/redcostera1/invemar/docs/ley/Decreto_1681_1978.PDF
Ley 09 de 1979 http://www.secretariasenado.gov.co/leyes/L0009_79.HTM
Decreto 2857 de 1981 http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1550
Decreto 2858 de 1981 http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22675
Decreto 1594 de 1984 http://www.forodelagua.info/doc/Decr1984_1594.htm
Ley 99 de 1993 http://www.secretariasenado.gov.co/leyes/L0099_93.HTM
Decreto 605 de 1996 http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1358
Decreto 901 de 1997 http://www.crautonoma.gov.co/documentos/dec901.pdf
Ley 373 de 1997 http://www.cdmb.gov.co/normas/ley3731997.htm
Decreto 3102 de 1998 http://www.corantioquia.gov.co/juridica/textos/PDF/3102.pdf
Decreto 475 de 1998 http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1327
Decreto 1311 de 1998 http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1239
http://www.upme.gov.co/guia_ambiental/carbon/gestion/politica/normativ/normativ.htm#BM1__NORMATIVIDAD_GENERAL
NORMATIVIDAD HIDRICA GENERAL http://www.upme.gov.co/guia_ambiental/carbon/gestion/politica/normativ/normativ.htm#BM2_8_Normatividad_sobre_el_recurso_hídr
DEC 28 11 /74: http://www.secretariasenado.gov.co/leyes/D2811_74.HTML
Decreto 1449 de 1977 http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1503
Decreto 1541 de 1978 http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1250
Decreto 1681 de 1978
//www.invemar.org.co/redcostera1/invemar/docs/ley/Decreto_1681_1978.PDF
Ley 09 de 1979 http://www.secretariasenado.gov.co/leyes/L0009_79.HTM
Decreto 2857 de 1981 http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1550
Decreto 2858 de 1981 http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22675
Decreto 1594 de 1984 http://www.forodelagua.info/doc/Decr1984_1594.htm
Ley 99 de 1993 http://www.secretariasenado.gov.co/leyes/L0099_93.HTM
Decreto 605 de 1996 http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1358
Decreto 901 de 1997 http://www.crautonoma.gov.co/documentos/dec901.pdf
Ley 373 de 1997 http://www.cdmb.gov.co/normas/ley3731997.htm
Decreto 3102 de 1998 http://www.corantioquia.gov.co/juridica/textos/PDF/3102.pdf
Decreto 475 de 1998 http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1327
Decreto 1311 de 1998 http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1239
NORMATIVIDAD SOBRE EL RECURSO HIDRICO
Decreto 2811 de 1974, libro II parte III
Artículo 99: Establece la obligatoriedad de tramitar el respectivo permiso de explotación de material de arrastre.
Art. 77 a 78: Clasificación de aguas. Art. 80 a 85: Dominio de las aguas y cauces. Art. 86 a 89: Derecho a uso del agua. Art.134 a 138: Prevención y control de contaminación. Art. 149: aguas subterráneas. Art.155: Administración de aguas y cauces.
Decreto 1449 de 1977: Disposiciones sobre conservación y protección de aguas, bosques, fauna terrestre y acuática.
Decreto 1541 de 1978
Aguas continentales: Art. 44 a 53 Características de las concesiones, Art. 54 a 66 Procedimientos para otorgar concesiones de agua superficiales y subterráneas, Art. 87 a 97: Explotación de material de arrastre, Art. 104 a 106: Ocupación de cauces y permiso de ocupación de cauces, Art. 211 a 219: Control de vertimientos, Art. 220 a 224: Vertimiento por uso doméstico y municipal, Art. 225: Vertimiento por uso agrícola, Art. 226 a 230: Vertimiento por uso industrial, Art. 231: Reglamentación de vertimientos.
Aguas continentales: Art. 44 a 53 Características de las concesiones, Art. 54 a 66 Procedimientos para otorgar concesiones de agua superficiales y subterráneas, Art. 87 a 97: Explotación de material de arrastre, Art. 104 a 106: Ocupación de cauces y permiso de ocupación de cauces, Art. 211 a 219: Control de vertimientos, Art. 220 a 224: Vertimiento por uso doméstico y municipal, Art. 225: Vertimiento por uso agrícola, Art. 226 a 230: Vertimiento por uso industrial, Art. 231: Reglamentación de vertimientos.
Decreto 1681 de 1978: Sobre recursos hidrobiológicos.
Ley 09 de 1979
Código sanitario nacional
Art. 51 a 54: Conrol y prevención de las aguas para consumo humano. Art. 55 aguas superficiales. Art. 69 a 79: potabilización de agua.
Decreto 2857 de 1981: Ordenación y protección de cuencas hidrográficas.
Decreto 2858 de 1981: Modifica el Decreto 1541 de 1978.
Código sanitario nacional
Art. 51 a 54: Conrol y prevención de las aguas para consumo humano. Art. 55 aguas superficiales. Art. 69 a 79: potabilización de agua.
Decreto 2857 de 1981: Ordenación y protección de cuencas hidrográficas.
Decreto 2858 de 1981: Modifica el Decreto 1541 de 1978.
Decreto 2105 de 1983
Reglamenta parcialmente la Ley 09 de a 1979 sobre potabilización y suministro de agua para consumo humano.
Reglamenta parcialmente la Ley 09 de a 1979 sobre potabilización y suministro de agua para consumo humano.
Decreto 1594 de 1984
Normas de vertimientos de residuos líquidos
Art. 1 a 21 Definiciones. Art. 22-23 Ordenamiento del recurso agua. Art. 29 Usos del agua. Art. 37 a 50 Criterios de calidad de agua Art. 60 a 71 Vertimiento de resiudos líiquidos. Art. 72 a 97 Normas de vertimientos. Art. 142 Tasas retributivas. Art. 155 procedimiento para toma y análisis de muestras.
Normas de vertimientos de residuos líquidos
Art. 1 a 21 Definiciones. Art. 22-23 Ordenamiento del recurso agua. Art. 29 Usos del agua. Art. 37 a 50 Criterios de calidad de agua Art. 60 a 71 Vertimiento de resiudos líiquidos. Art. 72 a 97 Normas de vertimientos. Art. 142 Tasas retributivas. Art. 155 procedimiento para toma y análisis de muestras.
Decreto 2314 de 1986: Concesión de aguas.
Decreto 79 de 1986: Conservación y protección del recurso agua.
Decreto 1700 de 1989: Crea Comisión de Agua Potable.
Ley 99 de 1993: Art. 10,11,24,29: Prevención y control de contaminación de las aguas. Tasas retributivas.
Documento CONPES 1750 de 1995: Políticas de maneo de las aguas.
Decreto 605 de 1996: Reglamenta los procedimientos de potabilización y suministro de agua para consumo humano.
Decreto 901 de 1997: Tasas retributivas por vertimientos líquidos puntuales a cuerpos de agua.
Ley 373 de 1997: Uso eficiente y ahorro del agua.
Decreto 3102 de 1998: Instalación de equipos de bajo consumo de agua.
Decreto 475 de 1998: Algunas normas técnicas de calidad de agua.
Decreto 1311 de 1998: Reglamenta el literal G del artículo 11 de la ley 373 de 1997.
Documento CONPES 1750 de 1995: Políticas de maneo de las aguas.
Decreto 605 de 1996: Reglamenta los procedimientos de potabilización y suministro de agua para consumo humano.
Decreto 901 de 1997: Tasas retributivas por vertimientos líquidos puntuales a cuerpos de agua.
Ley 373 de 1997: Uso eficiente y ahorro del agua.
Decreto 3102 de 1998: Instalación de equipos de bajo consumo de agua.
Decreto 475 de 1998: Algunas normas técnicas de calidad de agua.
Decreto 1311 de 1998: Reglamenta el literal G del artículo 11 de la ley 373 de 1997.
AGUA
El agua es un compuesto formado por dos átomos de hidrógeno y uno de oxígeno. Su fórmula molecular es H2O.
El agua cubre el 72% de la superficie del planeta Tierra y representa entre el 50% y el 90% de la masa de los seres vivos. Es una sustancia relativamente abundante aunque sólo supone el 0,022% de la masa de la Tierra. Se puede encontrar esta sustancia en prácticamente cualquier lugar de la biosfera y en los tres estados de agregación de la materia: sólido, líquido y gaseoso.
Se halla en forma líquida en los mares, ríos, lagos y océanos; en forma sólida, nieve o hielo, en los casquetes polares, en las cumbres de las montañas y en los lugares de la Tierra donde la temperatura es inferior a cero grados Celsius; y en forma gaseosa se halla formando parte de la atmósfera terrestre como vapor de agua.
El agua cubre el 72% de la superficie del planeta Tierra y representa entre el 50% y el 90% de la masa de los seres vivos. Es una sustancia relativamente abundante aunque sólo supone el 0,022% de la masa de la Tierra. Se puede encontrar esta sustancia en prácticamente cualquier lugar de la biosfera y en los tres estados de agregación de la materia: sólido, líquido y gaseoso.
Se halla en forma líquida en los mares, ríos, lagos y océanos; en forma sólida, nieve o hielo, en los casquetes polares, en las cumbres de las montañas y en los lugares de la Tierra donde la temperatura es inferior a cero grados Celsius; y en forma gaseosa se halla formando parte de la atmósfera terrestre como vapor de agua.
TRATAMIENTO DEL AGUA
En ingeniería ambiental el término tratamiento de aguas es el conjunto de operaciones unitarias de tipo físico, químico o biológico cuya finalidad es la eliminación o reducción de la contaminación o las características no deseables de las aguas, bien sean naturales, de abastecimiento, de proceso o residuales —llamadas, en el caso de las urbanas, aguas negras—.
Las aguas residuales pueden provenir de actividades industriales o agrícolas y del uso doméstico. Los tratamientos de aguas industriales son muy variados, según el tipo de contaminación, y pueden incluir precipitación, neutralización, oxidación química y biológica, reducción, filtración, ósmosis, etc. En el caso de agua urbana, los tratamientos suelen incluir la siguiente secuencia:
Las aguas residuales pueden provenir de actividades industriales o agrícolas y del uso doméstico. Los tratamientos de aguas industriales son muy variados, según el tipo de contaminación, y pueden incluir precipitación, neutralización, oxidación química y biológica, reducción, filtración, ósmosis, etc. En el caso de agua urbana, los tratamientos suelen incluir la siguiente secuencia:
- pretratamiento
- tratamiento primario
- tratamiento secundario
Las depuradoras de aguas domésticas o urbanas se denominan EDAR (Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales), y su núcleo es el tratamiento biológico o secundario, ya que el agua residual urbana es fundamentalmente de carácter orgánico —en la hipótesis que se han prevenido los vertidos industriales—.
TIPOS DE AGUAS
AGUAS RESIDUALES
Las aguas residuales son materiales derivados de residuos domésticos o de procesos industriales, los cuales por razones de salud publica y por consideraciones de recreación económica y estética, no pueden desecharse vertiéndolas sin tratamiento en lagos o corrientes convencionales. Los materiales inorgánicos como la arcilla, sedimentos y otros residuos se pueden eliminar por métodos mecánicos y químicos; sin embrago, si el material que debe ser eliminado es de naturaleza orgánica, el tratamiento implica usualmente actividades de microorganismos que oxidan y convierten la materia orgánica en CO2, es por esto que nos tratamientos de las aguas de desecho son procesos en los cuales los microorganismos juegan papeles cruciales.El tratamiento de las aguas residuales da como resultado la eliminación de microorganismos patógenos, evitando así que estos microorganismos lleguen a ríos o a otras fuentes de abastecimiento. Específicamente el tratamiento biológico de las aguas residuales es considerado un tratamiento secundario ya que este esta ligado íntimamente a dos procesos microbiológicos, los cuales pueden ser aerobios y anaerobios. El tratamiento secundario de las aguas residuales comprende una serie de reacciones complejas de digestión y fermentación efectuadas por un huésped de diferentes especies bacterianas, el resultado neto es la conversión de materiales orgánicos en CO2 y gas metano, este ultimo se puede separar y quemar como una fuente de energía. Debido a que ambos productos finales son volátiles, el efluente líquido ha disminuido notablemente su contenido en sustancias orgánicas. La eficiencia de un proceso de tratamiento se expresa en términos de porcentaje de disminución de la DBO inicial.
AGUAS METEORICAS
El agua que cae proveniente de fenómenos meteorológicos, tales como la lluvia, la nieve y el granizo, es llamada “agua meteórica”. Esta proviene de la condensación y solidificación del vapor de agua que contiene la atmósfera, como resultado de la evaporación de grandes masas de agua terrestres y marinas.
AGUAS TELURICAS
Las aguas meteóricas dan lugar a las “aguas telúricas”, las cuales se encuentran en las grandes masas de agua terrestres, como lo son mares, ríos, lagos y lagunas. Estas aguas forman corrientes que penetran en el suelo originando manantiales y pozos. A su vez, las aguas telúricas dan origen a las aguas meteóricas, ya que con la evaporación producida gracias al sol, se forman las nubes que luego se precipitan, originando, como ya se mencionó, a las aguas meteóricas.
AGUAS NEGRAS
“Las aguas negras o residuales son las que el hombre desecha después de haber sido utilizadas para satisfacer sus diversas necesidades”1. Provienen de múltiples usos en los que cabe citar: empleos en industrias, fábricas y talleres.Las aguas negras están contaminadas en alto grado; en ellas gran número de organismos se desarrollan y también su contenido en materia orgánica es muy elevado.Las aguas negras son foco de infección y se les debe eliminar por conductos especiales llamados fosos sépticos. Las redes de tubería que llevan estas aguas desembocan en un colector común. Luego, las aguas negras que circulan en las tuberías llegan finalmente a ríos y mares o a plantas especiales en donde son tratadas (capítulo 3) para volver a utilizarlas sin riesgos de contaminación (3.3 y 3.4).“En la fosa séptica, por sedimentación, se forman 3 capas: una superior llamada costra, en la que flotarán fragmentos de poco peso; una intermedia donde se concentra la mayor parte del contenido sólido; y una inferior o fondo, donde se forma una masa sólida con los sólidos más pesados”.
OTROS TIPOS DE AGUAS
Por sus características particulares, las aguas de ciertos manantiales reciben calificativos como los de duras, termales, minerales, sulfurosas, etc.Son aguas duras las que contienen una alta proporción de carbonatos de calcio y de magnesio, características que las hace impropias para ciertos usos, pues impide que el jabón haga suficiente espuma y que las legumbres se cuezan fácilmente en ellas. Las aguas duras se obtienen de algunos pozos, como los que abundan en la península de Yucatán.Las aguas termales brotan del subsuelo a una temperatura superior a la ambiental. Los manantiales de aguas termales constituyen una atracción especial que los convierten en verdaderos centros turísticos, donde se encuentren.Reciben el nombre de aguas minerales aquéllas que contienen, además de algunos carbonatos, sales como los cloruros, bromuros y yoduros. Son ejemplo, las que brotan de los manantiales de Tehuacan, Puebla.Las aguas sulfurosas son las que contienen una proporción considerable de compuestos derivados del azufre. Se reconocen con cierta facilidad porque, al brotar y entrar en contacto con el aire, adquieren un aspecto turbio.
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